El PP impedirá la regularización de inmigrantes por arraigo social.

Fecha: 24/11/2011
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El PP impedirá la regularización de inmigrantes por arraigo social.

Gloria Rodríguez-Pina/Susana Pérez de Pablos (Agencias) (Madrid). © El Pais.com.

 

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Más información:

Enmiendas presentadas por el GPP durante la tramitación en el Congreso de los Diputados del Proyecto que dió lugar finalmente a la LO 2/2009.

Enmienda núm. 550
FIRMANTE:  Grupo Parlamentario Popular en el Congreso
Al apartado 31 del artículo Único que modifica el artículo 31.3.
De modificación.
Se propone el siguiente texto:

  • «El Gobierno podrá conceder una autorización de residencia, con carácter excepcional e individualizado, por razones de arraigo a los extranjeros que acrediten su permanencia en España durante un periodo mínimo de tres años, siempre que carezcan de antecedentes penales en España y en su país de origen, cuenten con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario en el momento de la solicitud cuya duración no sea inferior a un año y presenten un informe que acredite su inserción social emitido por el Ayuntamiento en el que tenga su domicilio habitual.
    En circunstancias excepcionales también se valorará positivamente que se acrediten vínculos familiares con otros extranjeros residentes. Asimismo, deberán realizar un examen de integración para acreditar que conocen la lengua oficial y las normas básicas de nuestro país».
  • Esta residencia se concederá por un periodo de un año, a partir del cual se podrá solicitar la autorización de residencia y trabajo. El Ministerio de Trabajo e Inmigración, teniendo en cuenta la situación nacional de empleo, podrá limitar el número anual de tarjetas por arraigo.
  • También, y de forma individualizada, podrán acceder al permiso por arraigo los extranjeros que habiendo permanecido de forma interrumpida en nuestro país acrediten su estancia legal acumulada durante un periodo mínimo de tres años cumpliendo los requisitos previstos en los párrafos anteriores".

Justificación: 
Unificar la figura del arraigo regulada en el Reglamento de la Ley de extranjería limitándola a un periodo de tres años y estableciendo una serie de requisitos para la obtención de la tarjeta de residencia vía arraigo.

Sobre la tramitación de la reforma:

 Nuestro agradecimiento al Prof. Dr. Eduardo Rojo Torrecilla, por recordarnos la Enmienda 555.

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León